miércoles, 16 de octubre de 2019
MALECONES ABREN SUS PUERTAS A LAS MASCOTAS
A partir del próximo domingo 20 de octubre, el Malecón 2000 y Malecón del Salado abren sus puertas para el ingreso de animales de compañía (perros y gatos). Esta normativa regirá todos los domingos (excepto los domingos de feriado) de 07h00 a 0h00.
Por tal motivo se realizará en el Ágora 1 y 2 del Malecón 2000 (Altura Portón Calle Aguirre) la Feria Malecón Pet Friendly, actividad que contará con una feria de emprendimiento de productos de mascotas, charlas, desfile canino y más. Se contará con el apoyo de varios clubes de mascotas de la ciudad, quienes expondrán sobre su labor y que se sumarán también en la difusión de las buenas prácticas de convivencia con las mascotas dentro de ambos malecones.
Los 14 clubes de mascotas que participarán durante la feria son: Club Basset Hound Guayaquil,
Comunidad Pug del Ecuador, Club Lobos del Ártico, Club Beagle Guayaquil, Club de Mascotas
mestizas, Club Chihuahua Ecuador, Club Laboradores, Club Poodles 593, Club Shih Tzu Guayaquil
Oficial, Club amigos Pug, Club Pinscher Ecuador, Club Pug Company, Club Boston Terrier Guayaquil y Club Bulldog Francés.
SOBRE LA NORMATIVA DEL INGRESO DE MASCOTAS
A. Los animales de compañía (mascotas: perros y gatos) podrán transitar libremente por zonas de
caminerías, jardines, áreas abiertas en general.
B. Ingresar a la mascota con collar y placa de identificación que contenga: nombre de la mascota,
nombre y teléfono del propietario.
C. La mascota deberá tener sus vacunas vigentes, y encontrarse en buen estado de salud.
D. La mascota no podrá estar suelta, por lo que deberá tener colocado su arnés o collar y sujetado
con la correspondiente trilla o correa.
Ejercer protección, supervisión y control constante sobre su mascota, cuidando que no causen
disturbios, molestias o daños a otras mascotas, personas o bienes que se encuentren en los
malecones. En caso de darse, personal de seguridad de Fundación Malecón 2000 solicitará el
retiro inmediato del sitio, a fin de precautelar la seguridad de los visitantes.
E. De causar daños físicos o materiales, será de su absoluta responsabilidad asumir y cubrir todos
los gastos que se ocasionaren.
F. Tratándose de mascotas con comportamientos impredecibles o antecedentes de agresividad, es
obligación de sus propietarios o tenedores colocarles un bozal de canasta, mientras se
encuentre en los malecones.
G. Cuidar y evitar que sus mascotas molesten o agredan a los animales que tienen como hábitat
espacios públicos y áreas verdes de los malecones.
H. El propietario o responsable de la mascota deberán llevar sus propias fundas para recoger las
deposiciones de sus animales de compañía, en sus paseos o tránsito por los malecones, disponer sanitariamente de los mismos; de tal manera que no podrán ser arrojadas sino en los
lugares señalados.
Restricciones:
A. Tienen restringido el ingreso a los malecones mascotas de raza Pit Bull y Rottweiler por el
potencial de daño y severidad de lesiones que pueden causar ante un ataque al ser humano.
Se incluyen también sus mestizos, resultantes del cruce con otras razas caninas.
B. No se permitirá el ingreso de animales de compañía (mascotas: perros y gatos) en espacios
cerrados como Cinemamalecón, salas de teatro (como la Bota, Micro Teatro, las Tablas,
Etc.), Centro Comercial, parques de juegos, áreas de juegos electrónicos (Safari Park, Safari
Xtreme y Safari Zone), restaurantes, cafeterías (patios de comida y Mercado del Río), piletas,
salones de eventos y museo miniatura Guayaquil en la historia.
C. No se permitirá que beban agua de las piletas, ni que ingresen a éstas.
D. No se permitirá el ingreso a los malecones a mascotas los días domingos de feriado.
Excepciones:
A. De los perros de asistencia para personas con discapacidad
Toda persona con discapacidad que tenga un perro de asistencia tendrá acceso con el animal a
todos los espacios abiertos y cerrados de los malecones, sin excepción, sin limitaciones en días y
horarios; al igual que su entrenador durante la fase de adiestramiento, según las regulaciones
establecidas para el efecto por los Centros de Adiestramientos del país o del exterior.
B. Perro de asistencia: En estos casos el animal no es considerado como mascota, sino como parte
necesaria de un tratamiento o como apoyo de una discapacidad, tal como sería una silla de
ruedas. Es adiestrado en centros nacionales o extranjeros reconocidos, para el
acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad; debiendo presentar la
persona con discapacidad o su acompañante la certificación respectiva.
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